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Diferencia entre demanda y FIR

En el derecho penal, FIR o llamado de otro modo como primer informe de información es el informe de información que la policía recibe primero en el momento, con respecto a la comisión de la ofensa reconocible. El término "delito identificable" se refiere al delito en el que la policía tiene derecho a arrestar al acusado sin ninguna orden y puede iniciar una investigación.

Sin embargo, en el caso de un delito no reconocible en el que la policía no tiene derecho a arrestar a ninguna persona sin una orden judicial, ni a investigar sin la aprobación previa del tribunal, se presenta una queja ante el magistrado. Tanto una queja como FIR son extremadamente importantes, ya que forman la base de una demanda.

El extracto de este artículo arroja luz sobre la diferencia entre FIR y la queja.

Gráfica comparativa

Bases para la comparaciónQuejaFIR (Primer informe de información)
SentidoLa queja se refiere a una apelación hecha ante el magistrado, que comprende una denuncia de que se ha cometido un delito.FIR implica la queja registrada con la policía por el demandante o cualquier otra persona que tenga conocimiento de la ofensa reconocible.
FormatoNo hay formato prescritoFormato prescrito
Hecho paraMagistrado metropolitanoOficial de policia
OfensaDelito cognoscible y no reconocibleSólo ofensa cognoscible
¿Quién puede enviar?Cualquier persona sujeta a ciertas excepciones.Cualquier persona como la parte perjudicada o testigo.

Definición de Queja

El término 'queja' puede definirse como cualquier tipo de acusación que excluya un informe policial, presentado verbalmente al Magistrado, para que actúe de acuerdo con el Código de Procedimiento Penal, de que una persona ha cometido un delito.

Aunque un informe policial en un caso también se considera una queja cuando, después de la investigación, se revela que se ha cometido un delito no reconocible. En tal condición, el oficial que prepara el informe se considera el demandante. En una demanda civil, una queja se denomina queja.

Cualquier persona puede presentar una queja, excepto en el caso de matrimonio y difamación, donde solo la parte agraviada puede presentar una queja. En una queja, el demandante solicita penalizar al culpable de manera apropiada.

Definición de FIR

El primer Informe de Información, conocido en breve como FIR, puede describirse como toda información relacionada con la ofensa reconocible, proporcionada verbalmente al oficial a cargo de la estación de policía por la víctima o el testigo o cualquier persona que tenga conocimiento de la comisión del delito.

El oficial puede anotar la información provista por el informante en el formato prescrito, luego de lo cual el FIR ha sido leído por el oficial y debidamente firmado por el informante luego de verificar completamente los detalles proporcionados. Se entrega una copia del FIR al informante.

El FIR es de gran importancia, especialmente en el caso de un delito, ya que solo después de presentar el FIR, la policía puede tomar medidas contra el autor incorrecto. FIR puede contener la fecha, la hora y el lugar de la incidencia o el delito, el nombre y la dirección del proveedor de información, los hechos asociados con los delitos y otros detalles similares. Puede ser alojado en la estación de policía de la zona donde se cometió el delito.

Diferencias Clave Entre Queja y FIR

La diferencia entre queja y FIR se da en los puntos a continuación:

  1. Un documento escrito preparado por la policía, cuando la policía obtiene la información sobre la comisión de un delito por primera vez, se conoce como FIR o primer informe de información. A la inversa, una petición presentada ante el magistrado que contiene una acusación con respecto a la comisión de un delito y se hace una oración para que el acusado sea penalizado, se llama queja.
  2. Si bien una queja no tiene un formato prescrito, FIR solo puede registrarse en el formato prescrito por la ley.
  3. Uno puede presentar una queja ante el magistrado metropolitano, mientras que un informante o demandante puede presentar FIR al oficial de policía de la estación de policía correspondiente.
  4. La queja se hace por delitos tanto reconocibles como no reconocibles. A diferencia, solo las infracciones reconocibles están cubiertas en el caso de FIR.
  5. Cualquier persona puede presentar una queja al magistrado con respecto a la ofensa, excepto en el caso de matrimonio y difamación en la que solo una parte agraviada puede presentar una queja. Por el contrario, cualquier persona que sea parte agravada, testigo o que tenga conocimiento del delito puede presentar un FIR.

Conclusión

El primer informe de información no es más que la información registrada por el oficial de policía en servicio, en relación con un delito cometido por cualquier persona. Por otro lado, una queja es una forma de apelación al magistrado, en relación con un delito y una solicitud de justicia.

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